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Desde el Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad Valenciana, queremos facilitar todo trámite referido a la regulación de los procedimientos de autorización sanitaria de centros y servicios sanitarios en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, descritos en DOGV núm. 5038, con fecha 29 de junio de 2005, referentes a la ORDEN de 18 de abril de 2005, de la Conselleria de Sanidad.
Según dicha ORDEN, se describen dos tipos de procedimiento de autorización sanitaria de centros y servicios, siendo el PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN SIMPLIFICADA, el adecuado para el trámite de la autorización de clínicas podológicas.
El proceso de sustanción (valoración), de los expedientes de las autorizaciones sanitarias de centros y servicios sanitarios mediante procedimientos de tramitación simplificada se llevará a cabo en los servicios correspondientes de la Dirección Territorial de Sanidad, siendo el ICOPCV, entidad autorizada para facilitar el proceso, llevando el expediente a Consellería, y comprobando previamente la documentación y evitar así derogaciones de los mismos.
Así pues, os facilitamos el proceso, detallando la documentación que debéis aportar, bien al ICOPCV, bien a la Dirección Territorial de Sanidad, aportando siempre el original para ser compulsado:
- CUESTIONARIO DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO Y FIRMADO
ANEXO 1: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN SANITARIA DE CENTROS Y SERVICIOS SANITARIOS
ANEXO 3: CUESTIONARIO PARA CLÍNICAS DE PODOLOGÍA
- PLANOS DEL CENTRO
FIRMADOS POR TÉCNICO COMPETENTE
VISADOS POR EL COLEGIO PROFESIONAL CORRESPONDIENTE
(arquitecto, ingeniero, arquitecto técnico, delineante )
Distribución de cada planta
Escala 1/50 ó 1/100
Superficie total del centro
Dependencias...
- CERTIFICADO SOBRE LOS LOCALES E INSTALACIONES
FIRMADOS POR TÉCNICO COMPETENTE
VISADOS POR EL COLEGIO PROFESIONAL CORRESPONDIENTE
(arquitecto, ingeniero, arquitecto técnico, delineante )
En el que se haga constar:
1. Que el centro dispone de los locales e instalaciones adecuados al fin que se destinan
2. Que cumple la normativa correspondiente de condiciones de protección contra incendios y de barreras arquitectónicas.
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