LA SECRETARÍA INFORMA 26 de Enero de 2008
Tras la dimisión presentada D. Luís Salvador Leal de su puesto como vocal del I.C.O.P.C.V. y, por tanto,
como vocal responsable de la COMISIÓN JURÍDICA, la Secretaría del I.C.O.P.C.V. asume dichas funciones,
sin perjuicio de los colegiados al respecto de la misma.
Ponemos en vuestro conocimiento los siguientes puntos:
1. El I.C.O.P.C.V. tiene contratados los Servicios Jurídicos en los siguientes términos:
a. Asistencia jurídica y asesoramiento en los procesos administrativos del I.C.O.P.C.V.
b. Defensa de los intereses del I.C.O.P.C.V. e intereses profesionales COLECTIVOS de los colegiados.
c. Resolución de consultas de los colegiados en asuntos relacionados con el ejercicio de su profesión
(SIEMPRE POR ESCRITO, mediante Instancia General del I.C.O.P.C.V., a la atención del Gabinete Jurídico).
2. El Gabinete Jurídico realizará sus actuaciones desde su sede habitual, manteniendo en todo
momento un contacto directo con la Secretaría del I.C.O.P.C.V. (en caso necesario, se convocarán las reuniones que se precisen).
3. En el caso de Consultas de carácter PERSONAL de los colegiados, el Gabinete Jurídico m
inutará con un 35 % de descuento sobre las tarifas vigentes en el momento de la consulta.
DOCUMENTOS PARA LAS ACTUACIONES JURÍDICAS:
DENUNCIA POR INTRUSISMO:
- Protocolo de Actuación en caso de INTRUSISMO
(no rellenar las líneas sombreadas)
o Se debe completar el mayor número de datos posible, para una mayor efectividad en el proceso de denuncia.
Descargar PDF · Actuación por intrusismo
¿Cuándo es INTRUSISMO?
- Desempeño de Actividades Podológicas por sujetos NO DIPLOMADOS EN PODOLOGÍA.
- Desempeño de Actividades Podológicas por sujetos Diplomados en podología NO COLEGIADOS
(La colegiación es de carácter obligatorio en la Comunidad Autónoma dónde se ejerce la actividad).
DENUNCIA DE SOSPECHA DE DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA:
- Instancia General a la atención de la Secretaría del I.C.O.P.C.V. solicitando:
- Información acerca del Trámite de AUTORIZACIÓN SANITARIA de centros y servicios sanitarios en el ámbito
territorial de la Comunidad Valenciana, según la ORDEN DE 18 DE ABRIL de 2005,
de la Conselleria de Sanidad DEL CENTRO SITO EN _______________________________________________
HABILITACIÓN EN LA COMUNIDAD VALENCIANA DE PODÓLOGOS COLEGIADOS EN OTRAS COMUNIDADES
- Instancia General a la atención de la Secretaría del I.C.O.P.C.V. solicitando:
- Certificado de Habilitación de Actividad NO Principal en la Comunidad Valenciana
- Certificado De Colegiación dónde ejerza la Actividad Principal
- Justificante de dónde desempeña la Actividad Principal
o Mediante Certificado del Centro / Director
o Declaración Censal de la actividad
o Autorización Sanitaria del Centro